Promover, facilitar y difundir la inclusión de las personas con discapacidad cognitiva

Beneficios de la Ley Antidiscriminación para las personas con discapacidad

NOTICIAS - 1 agosto, 2012

La Directora Nacional del Senadis, Ximena Rivas, explica que «si bien esta ley no está específicamente dirigida a la población con discapacidad cognitiva, ésta se encuentra contemplada entre las razones por las que no es lícito discriminar a una persona».

Cambios profundos trae la Ley Antidiscriminación que fue publicada hace unos días en el Diario Oficial. La normativa, cuya tramitación se aceleró en marzo tras la golpiza que provocó la muerte del joven Daniel Zamudio, establece sanciones a quienes cometan actos de discriminación fundados en motivos tales como la raza, nacionalidad, situación socioeconómica, orientación sexual, apariencia personal, enfermedad o discapacidad, entre otras.
Si nos concentramos en los alcances que esta ley tendría específicamente en las personas con discapacidad cognitiva, la nueva ley define conductas discriminatorias y establece una acción de reclamación para que quien sienta vulnerados sus derechos en esa materia pueda reclamar por ello. La Directora Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, Senadis, María Ximena Rivas, comenta que «en este sentido, si bien no está específicamente dirigida a la población con discapacidad cognitiva, ésta se encuentra contemplada en la enumeración general que establece el artículo 2 de la ley, entre las razones por las que no es lícito discriminar a una persona».
Por ello, las personas con discapacidad pueden invocar esta ley cuando se encuentren ante una discriminación arbitraria e ilegal. La Directora del Senadis explica que cada vez que una persona con discapacidad se encuentre en los supuestos establecidos en la norma, es decir, distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, puede invocar esta ley. Por ejemplo, «si se le niega la entrada a una persona con discapacidad a un establecimiento comercial, si se le exigen, en razón de su discapacidad, trámites especiales o adicionales para el ejercicio de un derecho, si se le niega la matrícula a un menor en razón de su discapacidad en un establecimiento educacional, etc.».
En este sentido, lo que se espera es que esta ley contribuya a mejorar la inclusión social de las personas con discapacidad y, en este punto, la Directora del Senadis comenta que esto será posible «si la Ley logra contribuir al cambio cultural que nuestra sociedad necesita. Y, para ello, más que acudir a las acciones que puedan interponerse, hay que preocuparse del espíritu de la ley, el respeto a la diversidad y la naturaleza humana».

 
 

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